La convención sobre los derechos de las personas con discapacidad es parte de la Constitución Nacional Argentina
Esta convención en el artículo 29 dice que las personas con discapacidad tenemos derecho a participar en la vida política, tenemos derecho a votar y a ser candidatos
Estos son tus derechos
poder entrar, votar y salir del lugar de votación sin dificultad
recibir información clara, fácil de entender y en formatos accesibles
Podés votar con ayuda de
una persona de tu confianza
la autoridad de mesa
tu perro guía o de asistencia
pedir ayuda o apoyo durante la votación
En cada lugar de votación debe haber un cuarto oscuro accesible: COA
Las personas con discapacidad pueden elegir votar en la mesa que aparece en el padrón o en el COA (Cuarto Oscuro Accesible)
Podes pedir votar sin hacer fila
No es obligatorio tener el certificado único de discapacidad para pedir apoyo
Eliminar barreras que impiden o dificultan votar es fundamental para garantizar la participación ciudadana de todas y todos
¿Qué votamos este 7 de septiembre?
El 7 de septiembre elegimos a nuestros representantes para cargos provinciales y municipales
¿A quiénes elegimos?
Elegimos a diputadas y diputados provinciales y a senadoras y senadores provinciales, quienes hacen leyes en la legislatura de la provincia
Las y los concejales deciden normas en tu ciudad. Por ejemplo sobre transporte,limpieza, alumbrado
Consejeras y consejeros escolares, se ocupan del funcionamiento de las escuelas públicas del municipio
¿Quiénes pueden votar?
Para poder votar tenés que:
Tener 16 años o más. (las y los migrantes votan a partir de los 18 años)
Tener tu domicilio en la provincia de Buenos Aires
Llevar tu último DNI
Estar en el padrón electoral
Las imagenes son de Widgit online y Flaticon